Hoy ampliamos una forma de adquirir la nacionalidad española que no es muy conocida pero que si se cuentan con lazos con España o se demuestra que se realizó un servicio de gran importancia y repercusión a la nación Española se puede adquirir la nacionalidad española sin necesidad de llevar a cabo un proceso administrativo.
Se trata de la adquisición de nacionalidad por circunstancias excepcionales y se encuentra regulado en el artículo 21 del Código Civil por el cual se índica que se adquiere la nacionalidad española a través de un Real Decreto Ley aprobado por el consejo de ministros.
Ahora mismo te estarás preguntando : ¿Cuáles son las circunstancias excepcionales para adquirir la nacionalidad española? ¿ Es necesario ser deportista, rico o famoso para conseguirlo? ¿En qué casos se aplica? ¿Qué documentación hay que presentar y a quién? Para responder a estas preguntas quédate en este post y muy pronto lo averiguaraás.
En primer lugar cuando hablamos de circunstancias excepcionales nos referimos a un concepto muy amplio , sin embargo , podemos destacar tres casos muy específicos : Origen Sefardí, descendientes de Brigadistas Internacionales y descendientes de españoles que pese a emigrar realizaron una labor notable en las comunidades de españoles establecidos en el extranjero.
Con respecto al primer caso cabe decir que aquellas personas cuya ascendencia se remonte a los judíos Sefardíes del S.XV que fueron expulsados de España por los Reyes Católicos pueden obtener la nacionalidad española por carta de naturaleza. En este caso habrá que realizar un informe genealógico y aportar las partidas de nacimiento apostilladas del interesado , de sus ascendientes desde la creación del registro civil así como documentos de cualquier clase que acrediten la conexión del descendiente con el judío Sefardí.
En relación a los brigadistas internacionales , aquí hay que destacar que la importancia no reside en el origen español del ascendiente sino en su papel en el campo de batalla durante la Guerra Civil Española .
Este supuesto se encuentra recogido en la ley de Memoria Democrática analizado en la entrada anterior. Aquí la importancia radica sobre todo en demostrar por medio de informes militares la presencia del ascendiente brigadista en la contienda civil española y en la demostración de una actitud activa del descendiente para rememorar al brigadista y defender los valores democráticos. Las partidas de nacimiento apostilladas serán necesarias para acreditar el parentesco con el brigadista.
En lo que respecta el tercer caso , podemos destacar que aquí lo que se remarca es la vinculación con un español de origen que en el país de destino tuviera un rol predominante en una comunidad española en el extranjero y que prestara servicios a otros españoles .
En este caso habría que demostrar que el descendiente del español ha mantenido una fuerte vinculación con la comunidad española y que ha ayudado a otros españoles tanto a nivel humanitario, social como administrativo. En este supuesto los documentos acreditativos de haber pertenecido a esas comunidades, pruebas de acciones en favor de un español expatriado así como las partidas de nacimiento apostilladas junto con los documentos de origen españoles podrán ser utilizados para solicitar la nacionalidad española por esta vía.
En todas las situaciones que hemos mencionado anteriormente se debe remitir un escrito argumentativo a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil, Dirección General de los Registros y del Notariado para que estudien el caso de manera individualizada.
Dado que es necesario juntar una gran cantidad de información y que se requiere de una serie de técnicas de investigación y argumentativa , se recomienda contar con un equipo de profesionales multidisciplinares que presten asesoramiento en todas las fases del proceso.
Si consideras que tienes derecho a la nacionalidad española por esta vía, haz clic en contactar para que podamos estudiar tu caso y nuestro equipo pueda explorar diversas posibilidades.
Esperemos que esta entrada haya sido de vuestro interés y si os apasionan los temas de nacionalidad y queréis conocerlos de forma sintética este es vuestro blog. En la siguiente entrada se abordará la adquisición de la nacionalidad española por residencia ¡No os lo perdáis!

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