NACIONALIDAD ESPAÑOLA

FORMAS DE ADQUISICIÓN

El derecho a la nacionalidad española corresponde al criterio «ius solis» mixto en el que la misma se determina por el lugar de nacimiento y/o nacionalidad de los padres. De tal forma que si una persona nace en España puede optar a la nacionalidad española si sus padres no lo son o adquirir directamente la de sus padres si las leyes de los países de alguno de ellos contempla la nacionalidad por «ius sanguinis». Así mismo, si el nacimiento se produce fuera de España y al menos uno de los padres es español se adquiere la nacionalidad española.

Debemos tener en cuenta que el derecho a la nacionalidad en España ha estado regulado por distintos textos constitucionales y las formas de ejercerla han requerido cada vez más formalismos conforme se ha producido un desarrollo legislativo en España , especialmente con la redacción del código civil español en 1889 con sus sucesivas modificaciones, que ha regulado los criterios de nacionalidad de origen y forma de adquirirla.

Con el fin de hacer entendible las formas de adquisición de nacionalidad , vamos a clasificarla en las siguientes categorías: Origen , posesión, opción(En esta categoría se incluye la famosa ley de nietos españoles que explicaremos en otra entrada) , carta de naturaleza y residencia.

En lo que respecta a la nacionalidad por origen, el artículo 17 del Código Civil Español determina que se es español si: Los nacidos lo son de padre o madre españoles, los nacidos en España de padre extranjeros si estos no tuvieran nacionalidad o ninguno de sus países determinara su nacionalidad y los nacidos en España sin filiación determinada.

La nacionalidad por posesión consiste en la utilización de la nacionalidad española inscrita en el derecho civil de buena Fe sin saber que en realidad no se tiene derecho a la misma aunque se anule el título que la originó ( para explicarlo de forma más clara es como si alguien cuidara de una casa que no es suya y se considerara su propietario sin en realidad serlo).

La nacionalidad por opción es aquella que se realiza mediante una declaración si se cumplen una serie de requisitos que están regulados tanto en el código civil como en leyes relativas a la misma como la ley de Memoria Histórica y Democrática que plantean supuestos en los que se puede optar a la nacionalidad española. En sucesivas entradas ampliaremos en que forma se debe realizar esta declaración así como las leyes que lo regulan.

La adquisición por carta de naturaleza consiste en la obtención de la nacionalidad española por haber prestado un servicio importante a España o ser una personalidad cuyas habilidades y conocimientos son considerados necesarios por el Estado español. Se otorga mediante real decreto. El caso más reciente es el del deportista Lorenzo Brown de nacionalidad de origen estadounidense que adquirió la española para poder ser seleccionado por la selección española de baloncesto . El artículo 21 del código civil se refiere a razones excepcionales como criterio para adquirir la nacionalidad española por esta vía. Un criterio amplio que bajo nuestro punto de vista se puede utilizar para captar talento internacional sin necesidad de tener que recurrir a las «Golden visa» que es una de las modalidades de residencia en España que trataremos en entradas posteriores.

Finalmente encontramos la adquisición de nacionalidad española por residencia que por norma general requiere un periodo de residencia en España de 10 años , 5 años para las personas que tengan la consideración de refugiados y 2 años para los ciudadanos de los países Iberoamericanos , Filipinas, Andorra, Portugal ,Guinea Ecuatorial o de origen sefardí independientemente del país de nacimiento.

Con la explicación de esta última vía de adquisición de nacionalidad española damos por finalizada esta entrada que de forma resumida pretende reflejar la manera de obtener la nacionalidad española.

A modo de anticipo , la siguiente entrada irá destinada al análisis de la posibilidad de obtención de nacionalidad por opción en y se explicará de la forma más concisa posible en qué consiste las dos leyes de ciudadanía españolas así como las formas de ejercerlas y vigencia de las mismas.

Una vez más espero que esta entrada os haya sido de utilidad para poder conocer algo más sobre la nacionalidad española si es éste país en el que os interesa fijar vuestra residencia y/o adquirir su nacionalidad.


Publicado

en

por

Comentarios

Deja un comentario

Descubre más desde Ciudadanomundo

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo