RESIDENCIA DE TRABAJO EN ESPAÑA

En la siguiente entrada vamos a tratar de comentar de forma breve las generalidades para obtener la residencia de trabajo en España también conocida como residencia por cuenta ajena.

Se trata de un permiso de residencia que tiene que gestionarse en origen y parte de la iniciativa del empleador español que decida contratar a un extranjero procedente de un país de fuera de la Unión Europea .

Muchas personas erróneamente piensan que entrando en España como turistas pueden lograr este tipo de residencia cuando ello no es posible pues el hecho de solicitar este tipo de residencia en el interior del país ya es motivo de desestimación.

Si quieres evitar incurrir en errores fatales de cara a tu residencia de trabajo en España, quédate un rato en esta entrada y entenderás el funcionamiento general de este tipo de residencia.

Este permiso de residencia está regulado por la ley de extranjería y por la de movilidad. La primera es más restrictiva que la segunda. Dado que el objetivo de este blog es el de dar una visión general, nos vamos a centrar en dos supuestos de la ley de extranjería : El de la residencia de trabajo atendiendo al filtro del SNE (Sistema Nacional de Empleo) y el del artículo 40 que obvia este filtro de acuerdo a ciertos criterios.

Con respecto al primer supuesto, es importante señalar que primeramente la iniciativa debe partir del empleador español quién deberá u ofrecer un puesto de trabajo al extranjero que se encuentre en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura o un puesto de trabajo para el que no encuentre los candidatos deseados y sólo el extranjero en cuestión sea el candidato apropiado.

Para este procedimiento es necesario obtener un informe de la oficina de empleo que certifique que la oferta de trabajo planteada por el empresario español esta desierta. Una vez que se obtenga dicho certificado el empleador deberá dirigirse a la oficina de extranjería y aportar la documentación acreditativa de su solvencia tanto si es persona física como jurídica ( Declaración de la Renta , Certificados de ausencia de deudas con instituciones ), su identificación como empresario así como la copia del pasaporte completo de la persona a contratar y la oferta o contrato de trabajo que se haya podido suscribir pues hasta 60 días antes del inicio de la relación laboral se puede registrar un contrato en la oficina de empleo.

Si la solicitud es aceptada a trámite habrá que pagar dos tasas: La de residencia (Modelo 790 052) y la de trabajo ( Modelo 790 062). Si la solicitud resultada aceptada, está dará permiso a trabajar durante un año en España pero cuidado que todavía el proceso no ha concluido y hay que continuar realizando pasos para la materialización efectiva del permiso de residencia de trabajo por cuenta ajena del trabajador.

Dicha copia de la resolución favorable así como la copia del contrato de trabajo sellado por la oficina de extranjería deberán ser enviadas al trabajador para que en el consulado español de su país de origen lo presente en el plazo de un mes junto a su pasaporte con una vigencia mínima de 4 meses, certificados penales apostillados y traducidos en su caso más un certificado médico. Tras unos días se le vuelve a dar cita al extranjero para recoger el visado de trabajo que tendrá una validez de tres meses para poder entrar en España por este motivo.

Una vez que se ha procedido a la entrada en España , la empresa debe dar de alta al trabajador en un plazo de tres meses. El número de afiliación de la Seguridad Social puede obtenerse por el propio trabajador acudiendo a la Tesorería General de la Seguridad Social con el permiso de residencia y la autorización de residencia o a través de colaborador social quien hará llegar por medios electrónicos dichos documentos al citado organismo para obtener en número de afiliación con el que el empresario podrá dar de alta al trabajador.

Después de haber sido dado de alta en la Seguridad Social , el trabajador deberá solicitar cita para la toma de huellas en la Dirección Nacional de Policía, Subdelegación del Gobierno de España correspondiente a la provincia dónde se desempeñará la actividad laboral. Finalmente en el plazo de un mes deberá solicitar otra cita para su recogida y ya habrá finalizado el procedimiento de obtención de Tarjeta de Identidad de Extranjero o TIE que tendrá una validez de 1 año , limitada sólo al territorio de residencia del empleador y oferta de trabajo . Este tipo de residencia admite 2 renovaciones con una vigencia de 2 años cada una y son de alcance nacional y sin limite de ocupación a desempeñar hasta alcanzar los 5 años que dan derecho a la residencia por larga duración cuya forma de obtención trataremos en artículos posteriores.

En relación al segundo supuesto del artículo 40 de la ley de extranjería, podemos decir que la diferencia con el anterior es que el alcance del primer permiso de residencia de trabajo es nacional y no se limita a un trabajo específico. Los supuestos que consideramos más destacados en razón de su facilidad de acreditación son los de personas que cuenten con parientes con residencia de trabajo en edad laboral, tener a cargo ascendientes o descendiente de nacionalidad española, ser hijo o nietos de españoles de origen (puede ser una buena alternativa para aquellas personas que no puedan acceder a la nacionalidad española por la Ley de Memoria democrática y puedan en un futuro optar por la nacionalidad española por residencia tratada en una entrada anterior), las personas que trabajen en empresas pertenecientes al mismo grupo de empresas que se encuentren en España y los artistas de reconocido prestigio.

Existen más supuestos que permiten la obtención de este tipo de residencia de trabajo así como convenios con países como Perú y Chile que facilitan el acceso a este tipo de residente.

Consideras este proceso muy complicado ¡No te preocupes! En la siguiente entrada conocerás otra fórmula de obtener este tipo de residencia si ya has terminado tus estudios universitarios así que atento y nos vemos en el siguiente artículo.

Si deseas conocer conocer antes esta posibilidad , el resto de supuestos del artículo 40 de la ley de extranjería, las implicaciones que tiene tener la nacionalidad peruana o chilena para trabajar en España o simplemente deseas una información personalizada para tramitar tu propia residencia de trabajo, no dudes en contactar y muy gustosamente te informaremos.


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